CONSIDERANDO:
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Que el decreto 250 del 9 de marzo de 2020 establece en su artículo 1° en el Valor Nominal de dólares estadounidenses sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y dos millones quinientos veintiocho mil ochocientos veintiséis (VN USD 68.842.528.826) o su equivalente en otras monedas, el monto nominal máximo de las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los títulos públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera existentes al 12 de febrero de 2020.
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EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Dispónese la registración ante la “SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION” (SEC) de los Estados Unidos de América de un monto que no supere la suma del valor nominal de los Títulos Públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera, autorizado por el artículo 1° del decreto 250 del 9 de marzo de 2020, que podrá ser utilizado en futuras emisiones de títulos de la deuda pública.
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ARTÍCULO 3°.- Dispónese que el monto global a registrar ante la SEC será tramitado en los montos parciales que se definan en el marco de la negociación en curso.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el primer monto a registrar ante la SEC y aprobar ante la FINRA, será de treinta mil quinientos millones de dólares estadounidenses (USD 30.500.000.000).
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