Canje de deuda. El Gobierno confirma que será por etapas: la fase local vendrá después
Javier Blanco
10 de marzo de 2020 • 13:41
El decreto presidencial 250 que autoriza al Ministerio de Economía a avanzar en una instancia de canje de 35 bonos bajo legislación extranjera (23 de Estados Unidos; 6 de Inglaterra y otros 6 de Japón) por US$ 68.842 millones bajo nuevas condiciones nada dice sobre la deuda emitida en moneda extranjera bajo ley local sólo porque, en la lógica oficial, esa instancia sólo se abrirá una vez concluida la que ahora comienza .
"La deuda en moneda extranjera bajo ley local no tuvo su tratamiento normativo todavía. Lo va a tener pero ex post" (expresión que significa 'después del hecho')", pudo confirmar LA NACION de fuentes oficiales.
Esto quiere decir que los términos en que se termine reestructurando la deuda externa (períodos de gracia, extensión de plazos, recorte de cupones de interés) se replicarán en una oferta posterior a tenedores de deuda bajo ley local pero emitida en dólares , lo que incluiría a las Letras del Tesoro (LETE) reperfiladas que no se canjeen por nueva deuda en pesos, posibilidad que quedó abierta -pero no instrumentada- por el decreto 193 semanas atrás
Se trata de una definición importante dado que, según los últimos datos oficiales, el 80,3% de la deuda pública nacional está emitida en moneda extranjera. Y una porción similar a la que está emitida en bonos bajo ley extranjera fue emitida bajo ley local, aunque una parte de ella está en poder de organismos públicos.
La lógica secuencial con que el Gobierno plantea esta renegociación general de la deuda pública nacional (que muchas provincias buscarán replicar) apunta a cumplir con la promesa que lanzó varias veces el ministro Martín Guzmán: darle un mismo tratamiento a los tenedores bonos en moneda extranjera, sin discriminar si ésta fue emitida bajo ley argentina o foránea.
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En este sentido el decreto 250 se acota a lo colocado en el exterior porque necesita establecer el universo bruto a canjear y establecer las "prórrogas de jurisdicción en favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en las ciudades de Nueva York -Estados Unidos-, Londres -Reino Unido-, y de los tribunales ubicados en la ciudad de Tokio -Japón-", aunque acara que la renuncia a "oponer la defensa de inmunidad soberana será exclusivamente respecto de reclamos que se pudieran producir en las jurisdicciones que se prorroguen con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen con cargo al presente decreto".
Canje de deuda. Confirman que será por etapas: la fase local vendrá después