Sanciones: Una amenaza creíble con efectos devastadores; por Alejandro Grisanti y Gorka Lalaguna
Por Alejandro Grisnati y Gorka Lalaguna | 24 de julio, 2017
Días atrás, en lo que algunos han catalogado como el mayor acto de resistencia cívica de nuestra historia republicana, alrededor de 7,6 millones de venezolanos fijaron una posición de rechazo a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) propuesta por Nicolás Maduro. Luego de la consulta popular, la comunidad internacional se pronunció en una tónica proclive a la negociación, la restauración del hilo constitucional y una salida pacífica al actual conflicto político que atraviesa el país.
Estados Unidos merece una mención aparte. De acuerdo con un comunicado del presidente estadounidense, Donald Trump,
“Estados Unidos no se quedará de brazos cruzados mientras Venezuela se desmorona. Si el régimen de Nicolás Maduro impone su ANC el próximo 30 de julio, los Estados Unidos tomará fuertes y abruptas acciones de carácter económico”.
Adicionalmente, España solicitó a la Unión Europea (UE) que no descarte en aplicar sanciones “individuales y/o selectivas” en caso de que el proceso constituyente siga adelante. Luego de estas declaraciones, creemos que es necesario revisar otros procesos de sanciones para estimar sus efectos sobre la economía venezolana.
Los costos resultarían alarmantes dados los precedentes inmediatos de sanciones de este tipo y el particular contexto económico venezolano, por lo que consideramos necesario que el gobierno evite someter a la población al impacto de las mismas.
Algunos comentarios iniciales
Existe una amplia diversidad de sanciones impuestas por EE.UU. a diferentes países. A los efectos, emplearemos el caso iraní como referencia principal para estimar el potencial alcance de las sanciones, su contenido y el impacto que podrían tener sobre la dinámica económica venezolana.
Cuando hablamos de posibles sanciones a Venezuela, a la mayoría de la opinión pública se le viene a la cabeza algún tipo de restricción comercial sobre la compra/venta de crudo, descuidando que, por ejemplo, para el caso iraní, otro tipo de sanciones jugaron un papel fundamental, en particular, las restricciones al sistema financiero y al uso de los recursos, así como restricciones especiales sobre las Fuerzas Armadas (FFAA) iraníes y la policía nacional. Luego de la aplicación de este tipo de sanciones, el gobierno iraní se sentó en la mesa de negociación.
La coalición EE.UU.-Europa logró limitar la venta de petróleo iraní a tan sólo seis destinos (China, India, Japón, Corea del Sur, Taiwán y Turquía) reduciendo, e incluso congelando el volumen agregado de ventas hacia los mismos. Es claro que, para este caso, EE.UU. utilizó todo el poder inherente a ser la principal economía del mundo, para que Irán no evadiera las sanciones vendiendo petróleo en otras latitudes. Es decir, aliados naturales de Venezuela, como China y la India, a pesar de que son grandes consumidores de petróleo, decidieron ayudar a la coalición EE.UU.-Europa en las sanciones contra Irán.
En este orden de ideas, pocos adjetivos pudieran definir en mejor medida el accionar de EE.UU. que las declaraciones del subsecretario del Tesoro estadounidense, David Cohen, para el año 2012:
“Inversionistas, y/o Bancos Internacionales tienen que tomar una decisión. Pueden escoger hacer negocios con Irán, o pueden mantener negocios con los Estados Unidos, pero no con ambos”.
Con el contexto dibujado, y antes de adentrarnos en el contenido y alcance de las sanciones propuestas, vale la pena realizar un último par de comentarios.
1. El sistema de sanciones suele ser gradual, incrementando la presión al país sancionado y respondiendo a posibles desviaciones que dicho país intente hacer para evadirlas. Entre el 2010 y el 2013 se aprobaron alrededor de veinte resoluciones contra Irán; cinco provenientes de la UE, una emanada por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y catorce por parte de EE.UU.
2. El sistema de sanciones está caracterizado por una fuerte asimetría en su proceso de ejecución y suspensión. Las decisiones contra el país sancionado se pueden tomar de manera relativamente rápida pero su salida suele tomar mucho más tiempo del previsto.
Por lo general, la iniciativa de decretar sanciones es del poder Ejecutivo. No obstante, de ser respaldada por congreso, el desmantelamiento de las mismas requiere de la aprobación de ambos poderes, dando cabida a una serie de problemas de acción colectiva que suelen retrasar fuertemente los procesos de salida. Cuba e Irán son dos ejemplos claros de este problema.
¿De qué sanciones pudiéramos estar hablando? El caso de Irán.
En términos generales, las sanciones impuestas sobre la nación persa apuntaron a atacar tres frentes: el sector energético, el sistema financiero y las FFAA
[1].
Sanciones relevantes sobre las Fuerzas Armadas
Como mencionamos anteriormente, el recrudecimiento de las sanciones durante los años 2011-2012 implicó una redefinición de las fronteras y alcance de lo que, hasta la fecha se conocía como “sanciones secundarias”, no solo a EE.UU., sino a empresas que querían comerciar con la nación norteamericana.
Es dentro de este marco donde, por primera vez, se incluye en la lista de sancionados al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria de Irán (IRGC). Fue la primera vez que EE.UU. sancionaba a algún componente de las fuerzas armadas de otro país. Dichas sanciones, descritas en la orden presidencial 13.606, incluían el bloqueo de las propiedades en el exterior y la suspensión de la visas de entrada en Estados Unidos a aquellos individuos miembros o asociados de IRGC.
Hasta la fecha, Estados Unidos ha incluido en la lista de sancionados a cuatro entidades iraníes: el Cuerpo de la Guardia Revolucionaria, el Ministerio de Inteligencia, el Misterio de Seguridad y las Fuerzas de Aplicación de la Ley de Irán (Policía Nacional)
[2].
Sanciones relevantes sobre el sector financiero
En cuanto al sector financiero, las sanciones más relevantes se podrían resumir en dos puntos fundamentales:
1. En 2011, el Departamento del Tesoro identificó al sistema financiero iraní, incluyendo al Banco Central, como un peligro para el sistema financiero mundial, atribuyéndole cargos por lavado de dinero, terrorismo y corrupción.
2. Para el año 2012, la UE decidió desconectar a ciertos bancos iraníes del sistema SWIFT, afectando severamente las relaciones de Irán con los mayores centros financieros del mundo y obligando a Teherán a conseguir formas alternativas de realizar operaciones en el exterior.
Como producto de estas dos medidas, los activos financieros del Gobierno, Banco Central y sistema financiero iraní fueron congelados, y las únicas operaciones permitidas a lo largo del globo se limitaron a la compra/venta de bienes de carácter humanitario, con excepción de los seis países que mantuvieron relaciones petroleras con Irán. Adicionalmente, y como veremos más abajo, el uso de los menguados ingresos petroleros estaban en gran parte limitados a la compras de carácter humanitario, obligando a Irán a ahorrar el excedente de los recursos no utilizados. Para mediados de 2015, Irán poseía más de US$ 100.000 millones congelados en diferentes cuentas de fideicomiso.